Lima, 09 de febrero de 2025.En un paso trascendental para la defensa de los derechos colectivos de los pueblos originarios, el 4° Juzgado Constitucional de Lima ha emitido una sentencia clave en el proceso de amparo impulsado por la Confederación Nacional Agraria (CNA) contra el Ministerio del Ambiente (MINAM) y el SERNANP.
La demanda, que busca la aplicación efectiva del Convenio 169 de la OIT, exige que las organizaciones representativas de los pueblos indígenas tengan una participación directa y decisiva en la gestión de las Áreas Naturales Protegidas (ANP). Específicamente, la CNA reclama la incorporación de cuatro representantes indígenas en el Consejo Directivo del SERNANP.
¿Por qué es importante este fallo? Durante décadas, las decisiones sobre los territorios ancestrales convertidos en áreas protegidas se han tomado sin la participación directa de sus dueños originales. El juzgado ha analizado que la participación ciudadana y el derecho a la consulta previa son pilares fundamentales que el Estado peruano no puede ignorar.
La respuesta del Estado Pese a este avance, el Ministerio del Ambiente (MINAM) ha presentado escritos intentando frenar esta demanda, amparándose en fallos previos del Tribunal Constitucional referidos a otras instituciones (como el Organismo de Evaluación y Fiszalización Ambiental- OEFA). Ante esto, desde la CNA nos mantenemos en alerta y continuaremos vigilante hasta que la sentencia sea firme y se garantice que la voz de los pueblos indígenas sea parte del más alto nivel de decisión en la protección de nuestra biodiversidad.
¡No pedimos un favor, exigimos el cumplimiento de tratados internacionales que el Perú ha ratificado!
¡El SERNANP no puede decidir sobre nuestras tierras sin nosotros y nosostras!