La CNA rechaza el Acuerdo de Concejo No. 026 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que prohíbe de manera arbitraria e inconstitucional el ejercicio del derecho a la protesta de los ciudadanos y ciudadanas


La CNA frente al acuerdo de concejo de la Municipalidad de Lima, que prohíbe de manera indefinida las protestas en el Centro de Lima al ser considerada una “zona intangible”, manifestamos lo siguiente:

  1. Rechazamos dicho Acuerdo de Concejo ya que vulnera diversos derechos humanos y libertades fundamentales que resultan elementales en toda sociedad democrática, tales como la libertad de tránsito y libre circulación, a la libertad de expresión, a la libertad de reunión, el derecho a la participación ciudadana, a la protesta social, entre otros reconocidos en el artículo 2 de la vigente Constitución.
  2. Consideramos que esta Ordenanza tiene el claro propósito de discriminar y marginar a los hermanos y hermanas (muchos de ellos originarios de pueblos indígenas) que, desde las provincias, han hecho el enorme esfuerzo de trasladarse a la capital para hacer escuchar su legitima voz de protesta ante el Poder Ejecutivo y el Congreso, dado que en sus lugares de origen no sólo fueron ignorados por el gobierno y los grandes medios de comunicación, sino que además fueron víctimas de abusos y violaciones a sus derechos humanos, no quedándoles más alternativa que viajar a Lima para hacer notar su presencia.
  3. Recordemos que el propio Tribunal Constitucional ya se pronunció el año 2005, a través de un amparo (Exp. 04677-2004-AA), con relación a un Decreto de Alcaldía de la misma municipalidad metropolitana que, al igual que este Acuerdo de Concejo, pretendía restringir el derecho a la protesta ciudadana sometiéndolo al cumplimiento de trámites burocráticos; razón por la que fue rechazada de plano por dicho tribunal debido a su evidente vulneración al derecho a la liberta de reunión, tal y como ocurre con el acuerdo aprobado por el actual Concejo Metropolitano.